sábado, 4 de junio de 2016

EL TRABAJADOR



EL TRABAJADOR

 

Miguel Suárez Sandoval.


¿Qué habría sido del mundo después de las tantas hecatombes si no hubiesen existido los trabajadores? ¿Qué de Europa después de los acontecimientos que terminaron en abril de 1945 si no hubiesen existido los trabajadores?
Se dice que nadie es indispensable, pero trabajador sólo puede ser el humano, no los animales ni las máquinas.
El robot es una máquina y esta solo puede ser usada como una herramienta.
El hombre-trabajador puede construir muchas máquinas, pero las máquinas no pueden “procrear” un humano.
El trabajador, por y con su trabajo, no solo produce cosas o bienes materiales sino también valores que son los que se proyectan, esencialmente, hacia la sociedad. (Miguel Suárez Sandoval: Reflexiones sobre Derecho Sindical, Prólogo – 1985).
Y recuerde la humanidad, que si el hombre tiene el deber de trabajar, la sociedad tiene la obligación de darle al trabajador –hombre o mujer– un trabajo digno, una ocupación con honorabilidad y un Derecho para que lo defienda en su dignidad: esa es la función del Derecho del Trabajo.
Trabajador es el personaje básico del Derecho del Trabajo.
Ramírez Gronda nos dice que: “… la palabra trabajador, en sentido técnico estricto, no es cualquier persona que trabaje; pues, si así fuera, todos los habitantes de un país serían trabajadores”. Y agrega: “… en el Derecho del Trabajo se alude con esta voz al trabajador subordinado; es decir, a aquel que pone su actividad profesional a disposición de otra persona; con lo que se distingue de aquellos que trabajan en forma autónoma e independiente”.
Si el trabajo fuese libre, la persona del trabajador tendría autonomía y su voluntad recaería sobre el empleo que se le diese a la fuerza de trabajo. El humano trabaja para alcanzar un nivel de vida superior; no sólo para sobrevivir, cubrir sus necesidades, inquietudes y a su vez contribuir con la sociedad como parte de un todo.
En una publicación anterior hemos resaltado que trabajo es energía –que se conoce como fuerza laboral– la que con la actividad del humano se convierte en materia equivalente al producto propiedad del que lo produce o de un tercero a cambio de un estipendio o salario y por ello perceptible.
El trabajo no es una cosa, como pretenden calificarlo los dueños de los medios de producción, para así hacerlo entrar en el mercado de los hombres y comprarlo o venderlo según sus intereses.
Trabajador, en un lenguaje común y corriente, podría ser todo aquel que trabaje; pero, para el Derecho del Trabajo, sólo se considera como tal al “trabajador subordinado”. Según Mario de la Cueva, es “la persona que presta un servicio personal en virtud de…” Trabajador sólo puede ser una persona física o natural, de ninguna manera una persona jurídica.
Ernesto Krotoschin, poco después de la segunda Guerra Mundial, dijo que: “… el trabajador es persona (física) que libremente presta trabajo para un patrón mediante una relación de coordinación pero con carácter dependiente”. (Instituciones del Derecho del Trabajo – T. I, 1947, pág. 60). Y ahora que tanto se habla de la automatización y robotización, jamás un robot será un trabajador: jurídicamente no pasará de ser una herramienta, una máquina al servicio del trabajador y, en última instancia, de la empresa.
Pensar lo contrario sería adverso a la dignidad humana. Características del humano es el poder ser un “trabajador” y con esto se ganó la calificación y se diferenció de las demás especies animales.
Reiteramos que el maquinismo aumenta la potencia del trabajo, pero no sustituye al trabajador; talvez podrá, momentáneamente, hasta desplazarlo, pero no más, porque la máquina, aún perfecta según su fabricante, no es ni será un humano. (El Trabajo).
Francisco de Ferrari (La Equiparación en el Derecho del Trabajo) nos explica que: “Por trabajador debe entenderse todo aquel que acepta libremente someter su actividad a un poder jurídico de mando, obligándose a prestar sus servicios dentro de un establecimiento o de su organización”.
La Ley Federal del Trabajo de México, en su artículo 8°, lo define diciendo: “Trabajador es una persona física que presta a otra, física o moral, un trabajo moral, un trabajo personal subordinado”.
Según el Código del Trabajo de la hermana república de Chile, en su artículo 3° anota que trabajador es toda persona natural que presta servicios personales intelectuales o materiales a una o más personas…
El Código Sustantivo de Trabajo de Colombia en su artículo 10° anota: “Todos los trabajadores son iguales ante la ley, tienen las mismas prestaciones y garantías, y, en consecuencia, queda abolida toda distinción jurídica entre los trabajadores por razones del carácter intelectual o material de la labor, su forma o restricción, salvo las excepciones establecidas por ley”. De igual manera el artículo 22° agrega que quien presta el servicio es el trabajador.
El trabajador es el sujeto activo de la relación laboral, porque es él quien presta sus servicios.
Generalmente, en la legislación laboral nacional peruana, al término “servidor” y “trabajador” se les toma como sinónimos; aunque la Real Academia de la Lengua Española no lo considera así.
“El trabajador, varón o mujer, tiene derecho a igual remuneración por igual trabajo prestado en idénticas condiciones al mismo empleador”. Así lo establecía la Constitución Política del Perú del año 1979, en su artículo 43°. Esta Constitución peruana fue la primera en dicho país, que al trabajador lo llamó como tal, desterrando aquella denominación discriminatoria como odiosa de “obrero” y de “empleado”, muy superada hace ya casi un siglo.
La Constitución de 1993 del país mencionado no es tan explícita en reconocer los derechos laborales del trabajador, por eso suprimió la igualdad de los derechos laborales de los trabajadores entre varón y mujer.
El concepto TRABAJADOR estuvo muy influenciado de un criterio clasista, desde un punto de vista político, que se va perdiendo poco a poco, y que ahora se toma con criterio más amplio conforme lo manda el Derecho del Trabajo que va abarcando nuevos sectores, como, por ejemplo, a los profesionales, ejecutivos, pequeños empresarios, trabajadores autónomos, vendedores ambulantes y trabajadores del sector público. Lo que sucede es que se va desplazando la vieja economía por una economía social de mercado y se produce la equiparación que se hace obligatoria desde el punto de vista jurídico, sin que el trabajador pierda su condición de asalariado independientemente de la interpretación que se le da al acuerdo que tenga.
El verdadero concepto de “trabajador”, lo determina –y así lo ha aceptado– la doctrina, las labores que se realizan y el carácter con que se desempeñe.
Nos dice Msc Enrique Cejas James que: “En los inicios del tercer milenio, el mundo acumula un enorme caudal de conocimientos y tecnologías, que conjuntamente con los que están por descubrir, hacen imposible que el hombre pueda apropiarse de ellos, por lo que se necesita una educación que se fundamente en los pilares básicos: aprender a ser, aprender a hacer, aprender a aprender y aprender a convivir”. (Un análisis de la Definición de Competencia Laboral).
El trabajador, “además de la capacidad profesional, al postular a un puesto de trabajo debe saber administrar las informaciones, las respuestas y la imagen que transmita, a fin de marcar una diferencia de la competencia y de estar en sintonía con los requerimientos y los objetivos de la empresa a la que aspira pertenecer”. (Helkyn Coello Blog – Las claves para mostrar con éxito tu empleabilidad).
El concepto moderno de trabajador, como el de empresario, surge con la Revolución Industrial (1820 – 1840) y se consolida a comienzos de la primera Guerra Mundial.
El trabajador, mejor dicho, los trabajadores son la clase social que no tiene la propiedad de los medios de producción. Y se ven obligados a trabajar para terceros. (R. Bailón: Legislación Laboral, 2004 – México).
Recalcamos, el término trabajador aparece a partir de la Revolución Industrial, sobre la base del antiguo vocablo “Servidor”. Y poco a poco se ha ido humanizando. Según Rosa Bailón, ahora se podrá considerar como trabajador o trabajadora a una persona que presta su actividad física, elemento constitutivo de trabajo, si tuviese una edad mínima legal. Lo contrario sería una ilegalidad y merece castigo según el Derecho Penal del Trabajo.
“Todo trabajador es persona, por lo tanto, es titular de los derechos fundamentales al interior de la empresa. En esta calidad el trabajador(a) podrá recurrir a los Juzgados de Trabajo utilizando el juicio de Tutela Laboral cuando considere afectados uno o más de sus derechos fundamentales”.
“Los derechos fundamentales son aquellos derechos y libertades que toda persona posee por sólo ser tal y que se encuentran reconocidos y garantizados por el ordenamiento jurídico”.
“El derecho a la vida y a la integridad física del trabajador(a) siempre que su vulneración sea consecuencia directa de actos ocurridos en la relación laboral”.
“El respeto y protección a la vida privada y a la honra del trabajador y su familia”.
“La libertad de expresión, opinión e información sin censura previa en cualquier forma y por cualquier medio”.
“La libertad de trabajo y el derecho a su libre elección. Además la garantía de que ninguna clase de trabajo pueda ser prohibida, salvo las excepciones que la propia Constitución dispone”.
“El derecho a no ser sujeto de los actos discriminatorios…”
“La garantía de indemnidad, que consiste en no ser objeto de represalias ejercidas por el empleador, en razón como consecuencia de la labor fiscalizadora”.
Como lo hemos dicho, el mundo avanza, según la teoría del corsi y recorsi, en ciclos como se le llama. El mundo avanzó de tal manera hasta un poco después de la segunda Guerra Mundial, que todo comenzó a cambiar más aceleradamente y una de sus consecuencias es la globalización y el liberalismo hasta más o menos el penúltimo cuarto del siglo XX; sobre todo en lo económico y lo laboral. En esto no volverá a ser lo que fue.
Los estudiosos del tema creen que la crisis en el sector económico mundial es un terrible momento de transformación que no lo podrán resolver los economistas, ni tampoco los políticos. Y que para resolverlo creemos que será necesario que representantes de los gobiernos, de las grandes instituciones mundiales, colectivos, empresariales, como gremiales, concierten previamente una paz laboral, que hasta ahora (mayo 2016) no se ha conseguido, porque no se le ha prestado el interés suficiente. Además, habría que tener presente que la población del mundo, a partir del final de la segunda Guerra Mundial hasta el presente (2016), ha crecido más de un ciento por ciento. Y ese crecimiento a una gran velocidad, dificulta la adaptación, y es notorio que en los pueblos donde se han creado empresas es donde más ha crecido.
Por ejemplo, en América Latina, a consecuencia de la crisis económica mundial, sufrió o tuvo lo que Carlos Parodi llama: “choque de demanda externa” y “choque financiero externo. Y complementa diciendo: “Además de los dos efectos mencionados, el menor nivel de actividad económica, en los países de avanzado aumento de desempleo, se redujeron las remesas de los trabajadores latinoamericanos hacia su región (Carlos Parodi: Impactos de la crisis sobre América Latina).
Para cualquier reforma que se quisiera hacer en muchos países aún en diversos continentes será imprescindible llevar a cabo una reforma de la educación  en general y que se tenga en cuenta al trabajador en particular para que, llegado el momento, sepa ganarse el sustento o no perder su calidad de vida; para lo que debemos, en cada región, incentivar la agrupación de los centros educativos; es decir, debe ser el punto de partida en cualquier “nación”.
En cualquier país que quieran generar inversiones, tienen que preocuparse en tener una novísima educación, comunicación y software. Tener siempre como método de vida continuos reciclamientos de los educadores. En muchísimos lugares no se podrá remontar sin la participación del Estado en la familia con la implantación del salario de recuperación y una educación no sólo para interpretar sino para la creación y elevación del grado de eficacia. (Miguel Suárez Sandoval: Reflexiones sobre Derecho Sindical, Apéndice: Salario de Recuperación, 1985, pág. 167 – Panorama Sindical: Pautas para una Política de Salarios, 1988, pág. 30).
“El trabajo… un valor ético trascendente que debe ser respetado y protegido por la sociedad”; pero, el trabajo como tal no puede ser antepuesto al trabajador.
Al trabajo, del hombre o mujer, aún del niño (permitido en ciertas circunstancias), se le puede dar o se le ha dado varias denominaciones, siempre y cuando no se use un léxico denigrante. Así han aparecido tantas denominaciones, de lo que ha derivado algún calificativo para el trabajador, por ejemplo la palabra “CHAMBA”. Son diversas las opiniones sobre su aparición, algunos creen que proviene de la mala pronunciación cuando en 1940 hubo una gran afluencia de migrantes a los Estados Unidos de América (U.S.A.), que consiguieron trabajo como braceros en labores del campo, sobre todo en la empresa “Chamber”, que por su mala pronunciación decían chamba para referirse a su trabajo.
“Otros creen que proviene del portugués antiguo, aunque sinónimo de oportunidad. Hay ciertos autores que creen que la palabra chamba proviene del latín “xamb-bamba”, que significa trabajo que cualquiera puede hacer.
A la palabra chambeador (derivado de chamba), por muchos y cada vez más, se le considera sinónimo de trabajador. Y así figuran en el Diccionario de la Lengua Española desde la vigésima segunda edición.
Aunque parezca ilógico, el trabajador como persona natural, apareció en el mundo antes que el trabajo, y se le da valor porque en él está de por medio la dignidad humana, la dignidad del hombre-trabajador y este nunca podría estar después del trabajo, por más que las etapas de la economía se hayan sucedido una tras otra; porque no por eso el trabajo esté dejando de ser trabajo, ni el hombre esté perdiendo su condición de trabajador.
La razón es que el conocimiento se ha reflejado en la ciencia y en la tecnología que son una serie de operaciones ordenadas en busca de un fin. El trabajo es un instrumento y su camino.
Muchas veces la sociedad ha entrado en un colapso (del latín “colapsus”: caer, arruinarse), incluso lo está el mundo (2010); pero, el hombre-trabajador no. Todo lo que existe en el mundo fue creado, implícitamente el capital, para su servicio, para rescatarlo espiritual y físicamente, se le creó y se le puso en el paraíso para ser el centro histórico.
El trabajo no sólo produce cosas o bienes materiales, sino también valores morales. Esos valores morales son los que se proyectan esencialmente hacia la sociedad, y los produce el trabajador, no como hombre-material, sino como hombre-espiritual. De esto se desprende que, cuando menos, hay dos modos de mirar al trabajador: uno como elemento de la producción y otro como miembro de la sociedad e integrante de la misma.
Podemos catalogar a los trabajadores en dos tipos: un grupo que trabaja por cuenta ajena y otro autónomo. Los trabajadores por cuenta ajena son los que están amparados por el Derecho del Trabajo, salvo disposición legal expresa.
El hombre-trabajador es el elemento base de la producción al igual que el capital. Pero al trabajador no se le considera parte del grupo donde trabaja: se le excluye, se le aparta. Para la discriminación no sólo son las limitaciones técnicas y científicas lo que lo excluye. El hombre trabajador es cocreador del mundo y debe ser copartícipe de la gran tarea de su conservación y así gozar de la producción. Es partícipe con su gran cuota de dolor y trabajo en el diario calvario de la vida.
En un mundo en crisis, el creciente desempleo y el incremento anual de la juventud al mundo laboral, por ejemplo en el Perú se dice que anualmente 300 mil jóvenes requieren formar parte de la mano de obra de su país. La conclusión será que presto tendremos mano de obra joven pero descalificada, jóvenes que abandonan sus estudios –talvez incluso niños por incapacidad económica de sus progenitores– los resultados apocalípticos se verán talvez en la subsiguiente generación.
El gran desempleo, visto y sufrido en el mundo, sobre todo en los últimos veinte años, produce una gran pobreza en las familias de los trabajadores por cuenta ajena; los primeros en sufrir son los que tienen trabajos atípicos; además, produce una gran desnutrición en la prole.
La finalidad de los empresarios, en el mundo, siempre ha sido y será la búsqueda de una manera de reducir lo que ellos llaman “costos laborales”… ¿Y su socio el Estado?: ¡Bien, gracias!
Los trabajadores subordinados serán víctimas de muchos accidentes del trabajo y/o enfermedades ocupacionales o profesionales. A propósito de accidentes del trabajo en todos los casos, sin excepción, la responsabilidad es del dador de trabajo y es su obligación correr con todos los gastos hasta su recuperación o determinación de su incapacidad laboral.
El derecho, antes mencionado, ampara al o a los accidentados desde el primer momento que entra a trabajar; mejor dicho: está a disposición del empleador o dador de trabajo. Además de cubrir los “salarios caídos”. Generalmente, el dador de trabajo contrata un seguro que de existir sustituye al obligado.
Volviendo al tema antes tratado, en ciertos países –con la participación de los políticos legos en Derecho o letrados no especializados en Derecho del Trabajo– los empleadores logran usurparles a algunos trabajadores por cuenta ajena sus derechos laborales, conquistados en más de un siglo. Por ejemplo, ahora pretenden quitarles la compensación portiempo de servicios (CTS), el salario mínimo vital y aún la jornada de las ocho horas, que son derechos que cubre el Derecho del Trabajo o Laboral y quieren cargarle la responsabilidad a la Seguridad Social evitando el gasto a cambio del pago de una simple “prima”.
Se critica al materialismo existente; por lo tanto, debemos elevar al trabajador espiritualmente. Ser “creyente” o seguidor del capitalismo o del socialismo significa en conclusión ser materialista: ambos son eminentemente pragmáticos y concluyen en una acción coordinada. Pero a nuestra sociedad debemos darle un rumbo diferente, abrazar una doctrina nuestra donde la producción no sólo sea para el capitalismo, inversionista o para el Estado, sino compartirla con el trabajador, que “cuando llueva todos se mojen”. Pero con las nuevas corrientes económicas, en nuestro trajinar, nos hemos olvidado de la sociedad y del hombre espiritual.
En la legislación laboral comparada los trabajadores, tanto varones como mujeres, tienen los mismos derechos. Las mujeres casadas no necesitan autorización del marido para trabajar por cuenta ajena. Es decir, el marido no puede oponerse válidamente, salvo el desempeño de labores que dañan la moral de la familia. Es conveniente diferenciar a la “mujer” de la “madre”. Si en verdad no se debe hacer diferencias entre hombre y mujer, hay que contemplar que ella tiene la noble misión de ser madre; entonces, por su condición de tal hay que protegerla, que es proteger a la familia y a la sociedad. Aunque hay lugares o países donde, en vez de protegerla, le han quitado algunos derechos a partir de la última década del siglo XX. Así, en el Perú se han derogado leyes… Y la mujer trabajadora, en su mayoría, resulta con la jornada semanal aumentada de cuarenta y cinco horas como máximo a cuarenta y ocho, y sin descanso el sábado en la tarde o el lunes en la mañana, salvo las que tengan pacto o costumbre, que son la minoría.
Según la Organización Internacional del Trabajo (OIT), “en el Perú casi un millón de jóvenes están desempleados”. (El Comercio – Lima. Aptitus – 24 de abril de 2016, pág 1).


LAS MÁQUINAS NO REEMPLAZARÁN
A LOS TRABAJADORES

En los círculos correspondientes es un secreto a voces que: “En un lapso de 10 a 20 años, el 47% de los trabajos en Estados Unidos de América serán realizados por máquinas”. Y agregan: “Asistimos a una nueva revolución que no contribuirá al restablecimiento del pleno empleo en ningún país”. Alexia Acosta (Carl y Michael Osborne: Los robots reemplazarán a miles de trabajadores, pero no pueden sustituir la empatía y creatividad).
En la parte que dice: “los trabajos”, lo están viendo como “función”, no como actividad humana, según y como lo ve el Derecho del Trabajo o Laboral, porque sólo el humano trabaja (hombre o mujer).
Un estudio que se realizó en la Universidad de Oxford  establece que “muchos trabajadores de oficina y apoyo administrativo están en riesgo de perder su trabajo”.
Los estudiosos del tema predicen que los trabajadores por cuenta ajena dejarán de trabajar en ciertos puestos de trabajo; por ejemplo, operadores de telemarketing, relojeros, recepcionistas, vendedores, vigilantes, cocineros de fast-food. De igual manera, los que realizan labores por máquinas, también consideran a los taxistas. (Información.com - Martes 26 de abril de 2016).
“… pero el progreso tecnológico del siglo XXI contribuirá a una amplia gama de tareas cognitivas (de cognición, perteneciente o relativo al conocimiento), que hasta ahora se mantienen bajo el dominio humano.
“Así el proceso tendría dos fases: en una primera oleada afectará (y ya afecta) a puestos (de trabajo) en el transporte, la logística, la mano de obra, las rentas y la producción. Incluso China, la diferencia en términos de ‘trabajo barato’ asiste a la sustitución de ‘obreros’ por máquinas…”
“La segunda fase se centrará en tareas que correspondan a la ciencia, la administración y la ingeniería. Y es que las computadoras han sustituido a cajeros u operadores, pero la ‘informatización’ avanza hacia áreas que requieren más conocimientos o independencia”.
“Las máquinas tienen cada vez (dicen los autores) mayor capacidad de aprendizaje, esa es la base sobre la que se avanza. El machine learning permite que avancen en el proceso de toma de decisiones, aprendiendo de esquemas humanos”.
“Se evoluciona, sí, pero hasta un límite”, concluyen los expertos. Porque las profesiones que requieren una mayor creatividad o “inteligencia social”, “sobrevivirán” en términos humanos. Por ejemplo, los diseñadores, coreógrafos o profesores de primaria. Los trabajadores que no quieran ser desplazados tendrán que adquirir las habilidades creativas y sociales.

DOCENTES. Alexia Acosta dice que: “… el impacto de los docentes dependerá mucho de quienes ‘sean sus alumnos’, porque para los profesores universitarios sí existe mayor grado de ‘amenaza’, o al menos la forma más clásica de impartir conocimientos, Internet y el hecho que cada vez se comparte más conocimientos en línea que ya están transformando la forma de dictar clase.

TRABAJADORES DE LA SALUD. También en el gremio médico habrá más cambios aunque precisamente por el “factor humano”, muchas profesiones médicas quedan proscritas para las máquinas: ortodoncistas, fisioterapeutas, practicantes, enfermeros, logopetas, dentistas, psicólogos o cirujanos. Y no solo ellos se mantendrán. También los sacerdotes y psicoterapeutas, cuyas funciones requieren un alto grado de empatía, permanecerán en nuestro terreno.















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